Ley 6/2022 Art. 39
Sección 2
Artículo 39. Infraestructuras portuarias.
1. La Generalitat Valenciana adoptará medidas de descarbonización de los puertos de su competencia, de conformidad con la normativa europea y estatal, así como medidas que incentiven el uso de embarcaciones menos contaminantes.
2. Se promoverá el aprovechamiento de la energía de fuentes renovables en los puertos de competencia autonómica.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2025-06-01