Real Decreto 176/2023 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Estarán sujetos a lo dispuesto en este real decreto los operadores que desarrollen una actividad de juego comprendida en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, que esté sometida a identificación de usuario y con cuenta de juego, incluyendo los operadores designados para la comercialización de los juegos de loterías regulados en esa ley.