Ley 10/2022 Art. 2
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta Ley será de aplicación a la Asamblea, al Gobierno y a la Administración de la Comunidad de Madrid, a sus organismos autónomos, empresas públicas y demás entes públicos.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta Ley será de aplicación a la Asamblea, al Gobierno y a la Administración de la Comunidad de Madrid, a sus organismos autónomos, empresas públicas y demás entes públicos.