Ley 10/2022 Art. 4
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 4. Principios que rigen el ejercicio de la autonomía financiera.
1. La autonomía financiera de la Comunidad de Madrid para el desarrollo y ejecución de sus competencias se ejercerá de acuerdo con los principios de coordinación con la hacienda estatal y solidaridad entre todos los españoles.
2. El ejercicio de la actividad financiera se adecuará así mismo a los principios de territorialidad, corresponsabilidad fiscal, sostenibilidad financiera, lealtad institucional, estabilidad presupuestaria, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos y transparencia.