Resolución de 19 de agosto de 2024 Art. 39
CAPÍTULO V
Artículo 39.
Son causas de cese de los miembros de la Comisión Delegada, además de la concurrencia de cualquiera de las que llevan aparejado el cese como miembro de la Asamblea General, la dimisión específica como miembro de este órgano, sin renuncia a la condición de miembro de la Asamblea General.