Real Decreto 1122/2024 Art. 13
Artículo 13. Áreas básicas del Museo.
Para el adecuado funcionamiento del Museo, las funciones y servicios del mismo se integran en las siguientes áreas básicas de trabajo dependientes de la Dirección del Museo:
a) Conservación e investigación.
b) Difusión.
c) Administración.
Estas áreas básicas cumplirán las funciones y objetivos especificados en el capítulo VI del Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.