Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Decreto Legislativo 79/1990 · Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la compilación del derecho civil de las Islas Baleares.

Decreto Legislativo 79/1990 Art. 82

CAPÍTULO VI

In KraftAmtlicher Text

Artículo 82.

1. El derecho del legitimario a una parte de valor, que puede ser concretado en bienes o en dinero en la forma señalada en el artículo precedente, grava con afección real todos los bienes de la herencia.

2. Entre legitimarios procederá el derecho de retracto, en caso de cesión del derecho a la legítima a un tercero que no lo sea.

3. El legitimario, por el mero hecho de serlo, no tiene derecho de retracto en el caso de venta por el heredero de los bienes hereditarios.

4. El legitimario no puede ejercitar las acciones de petición y división de herencia.