Decreto-ley 3/2017 Art. 12
CAPÍTULO II
Artículo 12. Capacidad económica de la unidad familiar.
A fin de determinar el derecho a percibir la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, se tendrá en cuenta la capacidad económica de la unidad familiar en su conjunto, configurada por los ingresos imputables a la misma y su patrimonio, en el mes de presentación de la solicitud.
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- Vigente desde 2020-04-30