Decreto-ley 3/2017 Art. 47
CAPÍTULO VI
Artículo 47. Competencias de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
Corresponde a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales:
a) El registro, instrucción y resolución de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
b) El desarrollo de protocolos de coordinación necesarios para la adecuada aplicación de las medidas establecidas en el presente Decreto-ley.
c) El desarrollo de planes de trabajo para la ejecución a nivel provincial o local de las actuaciones definidas en los correspondientes protocolos de coordinación interconsejerías.
d) El traslado de expedientes interprovinciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.