Decreto-ley 16/2020 Art. 21
CAPÍTULO I
Artículo 21. Notificación.
Las notificaciones de los actos relativas al procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en el Capítulo I de este decreto-ley se realizarán exclusivamente telemáticamente de forma individual, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía.