Decreto-ley 6/2021 Art. 19
Artículo 19. Notificación.
Las notificaciones de los actos relativos al procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en este decreto-ley se realizarán de forma individual, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas
http://www.andaluciajunta.es/notificaciones.