Decreto Foral Legislativo 250/2002 Art. 19
Sección primera
Artículo 19. Determinación de la base imponible.
Con carácter general, la base imponible se determinará por la Administración tributaria en régimen de estimación directa, sin más excepciones que las determinadas en esta Ley Foral y en las normas reguladoras de estimación indirecta de bases imponibles.