Decreto Foral Legislativo 250/2002 Art. 30
CAPÍTULO VI
Artículo 30. Adquisiciones «mortis causa».
Las adquisiciones «mortis causa», del pleno dominio o de la «nuda propiedad», de terrenos declarados como espacios naturales protegidos o propuestos como lugares de Interés Comunitario de la Red ecológica europea Natura 2000, disfrutarán de una reducción en la base imponible del Impuesto del 95 por 100. Igual reducción se practicará en la extinción del usufructo.