Decreto Foral Legislativo 250/2002 Art. 47
Sección segunda
Artículo 47. Heredamiento de confianza.
El heredamiento de confianza, regulado en el Título XII del Libro II de la Compilación, se considerará como fideicomiso a los efectos del Impuesto.
Sección segunda
Artículo 47. Heredamiento de confianza.
El heredamiento de confianza, regulado en el Título XII del Libro II de la Compilación, se considerará como fideicomiso a los efectos del Impuesto.