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Decreto Legislativo 2/2007 · Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi.

Decreto Legislativo 2/2007 Art. 40

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 40. Modos de adquirir y régimen jurídico de las adquisiciones onerosas.

1. Conforme a las reglas competenciales y procedimentales establecidas, las entidades incluidas en el artículo 1 de esta ley pueden adquirir bienes y derechos por cualquiera de los modos previstos en el ordenamiento jurídico.

2. En lo no previsto por esta ley y normativa de desarrollo, las adquisiciones onerosas se regirán por las normas emanadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y, en su defecto, por las disposiciones que rigen el patrimonio del Estado para supuestos equivalentes.