Ley 8/2002 Art. 2
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Fines.
El Instituto, tendrá los siguientes fines:
Impulsar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación para encontrar soluciones con base científica y tecnológica en el campo agroalimentario y medioambiental, que haga más sostenibles los sectores económicos, las administraciones públicas y la sociedad en general.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2022-06-02