Decreto Legislativo 1/2004 Art. 2
T430
Artículo 2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos, las personas físicas o jurídicas que soliciten la prestación de los servicios o la realización de las actuaciones administrativas sujetas a la tasa.
T430
Artículo 2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos, las personas físicas o jurídicas que soliciten la prestación de los servicios o la realización de las actuaciones administrativas sujetas a la tasa.