Decreto Legislativo 1/2004 Art. 2
T814
Artículo 2. Sujeto pasivo.
El sujeto pasivo será la persona física o jurídica que solicite la autorización de traslado de restos mortales de conformidad con la normativa aplicable.
T814
Artículo 2. Sujeto pasivo.
El sujeto pasivo será la persona física o jurídica que solicite la autorización de traslado de restos mortales de conformidad con la normativa aplicable.