Decreto Legislativo 1/2004 Art. 2
T950
Artículo 2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de esta tasa los usuarios del Archivo que demanden la prestación del servicio y entrega a la que se refiere el hecho imponible. Se entiende por usuario a efectos de la tasa la persona física o jurídica que utiliza los servicios, consulta, investiga y/o puede demandar la reproducción de documentos custodiados en el Archivo General de la Región de Murcia.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2013-12-31