Decreto-ley 3/2015 Art. 6
Intensidad
Artículo 6.
Se modifica el artículo 23 del Decreto 306/2010, de 3 de diciembre, por el que se establecen la intensidad de protección de los servicios, la cuantía de las prestaciones económicas, las condiciones de acceso y el régimen de compatibilidad de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que queda redactado como sigue:
«La determinación de la cuantía individual de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales y de asistencia personal se efectuará en función de la dedicación horaria de los cuidados, de acuerdo con la tabla que se establece a continuación, de tal manera que en la dedicación completa se percibirá la prestación íntegra, en la dedicación media el 65% y en la dedicación mínima el 50% del cuantía de la prestación.
Dedicación horas/MES