Decreto-ley 1/2017 Art. 10
Sección 4
Artículo 10. Cumplimiento del Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Región de Murcia.
En todas las zonas delimitadas en este Decreto-Ley, el cumplimiento del Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Región de Murcia, contenido en el Anexo V de este Decreto-Ley, tendrá carácter obligatorio.