Decreto Legislativo 1/2005 Art. 23
Sección primera
Artículo 23. Registro de órganos de gobierno y de altos cargos.
1. En la consejería competente en materia de política financiera existirá un registro público en el que se deberán inscribir los nombramientos, reelecciones y ceses de los miembros de los órganos de gobierno y de los directores generales de las cajas de ahorros con domicilio social en Galicia.
2. El contenido y el acceso al registro de los órganos de gobierno y de altos cargos de las cajas de ahorros gallegas se desarrollará reglamentariamente. En todo caso, la inscripción en este registro tiene carácter constitutivo, de modo que los nombramientos, reelecciones y ceses no tendrán eficacia vinculante y ejecutiva hasta la comunicación a la entidad de la inscripción de aquéllos.
3. El plazo para la inscripción y notificación a la entidad será de un mes a partir de la entrada en la consejería competente en materia de política financiera de la solicitud de la inscripción, solicitud que deberá remitirse en un plazo máximo de diez días desde el acuerdo, junto con la documentación justificativa del nombramiento, de la reelección o del cese. El silencio administrativo tendrá carácter positivo.
4. Las altas y bajas de este registro serán notificadas al Banco de España. Podrá emitirse certificación a instancia de cualquier persona que justifique su interés.
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