Decreto Legislativo 1/2015 Art. 4
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 4. Principios de la ordenación de la seguridad industrial.
De cara al logro de los objetivos definidos en el artículo 3, las administraciones públicas ajustarán sus actuaciones a los siguientes principios:
a) Principio de liberalización industrial.
b) Principio de intervención mínima de la Administración.
c) Principio de simplificación administrativa.
d) Principio de coordinación, cooperación y colaboración interadministrativas.