Decreto-ley 16/2020 Art. 2
Artículo 2. Dotación del Fondo Valenciano de Resiliencia (FVR).
Las consellerias competentes por razón del sector de actividad de las empresas destinatarias y el IVF mediante acuerdo específico establecerán la dotación del FVR.
Los acuerdos alcanzados deberán expresar el contenido mínimo que se establece en el artículo 97.3 de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.