Real Decreto 931/1989 Art. 2
Artículo 2.
El ámbito del territorio de la Confederación Hidrográfica del Ebro es el determinado por el Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo. La sede del Organismo radicará en Zaragoza, pudiendo establecerse oficinas delegadas o auxiliares en aquellas localidades que acuerde el Presidente, oida la Junta de Gobierno.