Law library and case analysis · Austria · Belgium · European Union
LAWxPERT Sign in Free account

Ley 1/2000 · Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Ley 1/2000 Art. 39

SECCIÓN 1

In forceOfficial text

Artículo 39. Apreciación de la falta de competencia internacional o de jurisdicción a instancia de parte.

El demandado podrá denunciar mediante declinatoria la falta de competencia internacional o la falta de jurisdicción por pertenecer el asunto a otro orden jurisdiccional o por haberse sometido a arbitraje o mediación la controversia.

Amendment history
  • Vigente desde 2012-07-27