Ley 4/2002 · Ley 4/2002, de 11 de abril, de Cooperativas de la Comunidad de Castilla y León.
Ley 4/2002 Art. 92
Sección 2
Artículo 92. Intervención de la liquidación.
La designación de Interventor, que fiscalice las operaciones de liquidación, puede ser solicitada por el 20 por 100 de los votos sociales o dos votos sociales en cooperativas de menos de 10 socios, al Juez de Primera Instancia del domicilio social de la cooperativa.