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Ley 8/2003 · Ley 8/2003, de 12 de marzo, de Creación de la Comarca del Bajo Martín.

Ley 8/2003 Art. 2

CAPÍTULO I

In forceOfficial text

Artículo 2. Capitalidad.

1. La Comarca del Bajo Martín tendrá su capitalidad administrativa en el municipio de Híjar, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma. La capitalidad cultural tendrá su sede en el municipio de Albalate del Arzobispo.

2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.