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Ley 3/2007 · Ley 3/2007, de 23 de marzo, de Mediación Familiar.

Ley 3/2007 Art. 13

CAPÍTULO II

In forceOfficial text

Artículo 13. Duración de la mediación familiar.

La duración de la mediación dependerá de la naturaleza y complejidad de los puntos en conflicto, no pudiendo exceder de tres meses desde la fecha de la sesión inicial, prorrogable mes a mes como máximo otros tres meses, cuando se aprecie su necesidad a solicitud de las partes o del propio mediador familiar.