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Orden ITC/3353/2010 · Orden ITC/3353/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2011 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

Orden ITC/3353/2010 Art. 2

In forceOfficial text

Artículo 2. Revisión de los costes de distribución para 2009 y 2010 y previsión de los costes de distribución y gestión comercial para 2011.

1. Los costes definitivos para 2009 correspondientes a las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, deducidos los otros ingresos derivados de los derechos de acometida, enganches, verificación y alquiler de aparatos de medida, incluido el incentivo o penalización a la calidad del servicio se fijan en las siguientes cuantías:

(*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., en E.ON Distribución, S.L., y una vez visto el informe al respecto de la Comisión Nacional de Energía, la retribución de Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., correspondiente al segundo semestre de 2009, que asciende a 43.204 euros, se añade a la retribución correspondiente a E.ON Distribución, S.L., para el año 2009.

(**) El incentivo de calidad de Endesa extrapeninsular se encuentra incluido en el de Endesa peninsular.

(***) De acuerdo al artículo 8.4 del RD 222/2008 a las empresas FEVASA y SOLANAR no le son de aplicación los incentivos de calidad y pérdidas.

(****) De acuerdo a la disposición adicional única de la Orden ITC/1732/2010, de 28 de junio y como consecuencia de la integración de la empresa distribuidora Enermuelas, S.L., en Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A., la retribución de Enermuelas, S.L., correspondiente al segundo semestre de 2009, que asciende a 48.167 euros se añade a la retribución correspondiente a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

2. Los costes definitivos para 2010 correspondientes a las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, deducidos los otros ingresos derivados de los derechos de acometida, enganches, verificación y alquiler de aparatos de medida, incluido el incentivo o penalización a la calidad del servicio se fijan en las siguientes cuantías:

(*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., en E.ON Distribución, S.L., la retribución de Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., correspondiente a 2010, que asciende a 92.548 euros, se añade a la retribución correspondiente a E.ON Distribución, S.L., para el año 2010.

(**) El incentivo de calidad de Endesa extrapenínsular se encuentra incluido en el de Endesa peninsular

(***) De acuerdo al artículo 8.4 del RD 222/2008 a las empresas FEVASA y SOLANAR no le son de aplicación los incentivos de calidad y pérdidas.

3. Los costes provisionales para 2011 correspondientes a las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, deducidos los otros ingresos derivados de los derechos de acometida, enganches, verificación y alquiler de aparatos de medida, incluido el incentivo o penalización a la reducción de pérdidas se fijan en las siguientes cuantías:

(*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., en E.ON Distribución, S.L., la retribución de Electra del Nansa, S.L., y Electra Camijanes, S.L., se añade a la retribución correspondiente a E.ON Distribución, S.L.

(**) De acuerdo al artículo 8.4 del RD 222/2008 a las empresas FEVASA y SOLANAR no le son de aplicación los incentivos de calidad y pérdidas.

4. Para las empresas distribuidores con menos de 100.000 clientes, el coste acreditado previsto de la retribución de la actividad de distribución y gestión comercial, será para el año 2011 de 359.320,012 Miles de euros, según el desglose que figura en el anexo I.

5. A estos costes de distribución se incorporarán 10.000 miles de euros como costes destinados a planes para realizar la limpieza de la vegetación de las márgenes por donde discurren las líneas eléctricas de distribución, a los que hace referencia el artículo 8 de la presente orden.

6. Los costes reconocidos para 2011 destinados a la retribución de la gestión comercial realizada por las empresas distribuidoras con más de 100.000 clientes y FEVASA y SOLANAR, ascienden a 226.591 miles de euros, desglosados por empresas distribuidoras según establece el cuadro adjunto: