Real Decreto 879/2011 Art. 4
CAPÍTULO II
Artículo 4. Especializaciones del título de Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo.
1. El título de Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo tendrá como especializaciones:
a) Salvamento y socorrismo para personas con discapacidad.
b) Seguridad deportiva en espacios acuáticos naturales.
2. El Ministerio de Educación, a propuesta del Consejo Superior de Deportes y previa consulta a los órganos competentes en materia de deportes de las comunidades autónomas y de la Federación Española de Salvamento y Socorrismo establecerá los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estas especializaciones.
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- Vigente desde 2014-03-06