Real Decreto 728/2017 Art. 13
Sección 1
Artículo 13. Publicidad y anotación en la hoja de servicios.
1. Cualquier cambio de situación administrativa deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa» y en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil», excepto el pase a la situación de excedencia por razón de violencia de género y de ésta a cualquier otra.
2. Todo cambio de situación administrativa del guardia civil será reflejado en su hoja de servicios.