Ley 7/2024 Art. 21
CAPÍTULO III
Artículo 21. Modificaciones de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.
1. La letra u) del apartado 1 del artículo 3 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, queda modificada de la siguiente manera:
2. El apartado 6 del artículo 7 de la citada Ley 1/2022 queda modificado de la siguiente manera:
3. El apartado 7 del artículo 7 de la citada Ley 1/2022 queda modificado de la siguiente manera:
4. El apartado 8 del artículo 7 de la Ley 1/2022 mencionada queda modificado de la siguiente manera:
5. La letra k) del apartado 1 del artículo 12 de la citada Ley 1/2022 queda modificada de la siguiente manera:
6. Se añade un nuevo apartado, el apartado 3, al artículo 43 de la citada Ley 1/2022, con la siguiente redacción:
7. El apartado 4 del artículo 108 de la Ley 1/2022 mencionada queda modificado de la siguiente manera:
8. El apartado 3 del artículo 110 de la Ley 1/2022 mencionada queda modificado de la siguiente manera:
9. La letra h) del apartado 3 del artículo 123 de la citada Ley 1/2022 queda modificada de la siguiente manera:
10. Se deja sin contenido la letra d) del apartado 1 del artículo 135 de la citada Ley 1/2022.
11. La letra f) del apartado 1 del artículo 135 de la citada Ley 1/2022 queda modificada de la siguiente manera:
12. El apartado 3 del artículo 135 de la citada Ley 1/2022 queda modificado de la siguiente manera:
13. El apartado 2 del artículo 165 de la Ley 1/2022 mencionada queda modificado de la siguiente manera:
14. El apartado 3 del artículo 169 de la citada Ley 1/2022 queda modificado de la siguiente manera:
15. Se deja sin contenido el apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 1/2022 mencionada.
16. El apartado 4 de la disposición adicional sexta de la Ley 1/2022 mencionada queda modificado de la siguiente manera:
17. El apartado 1 de la disposición adicional octava de la citada Ley 1/2022 queda modificado de la siguiente manera:
18. Se añade una nueva letra, la letra i), al apartado 4 de la disposición transitoria primera de la Ley 1/2022 mencionada, con la siguiente redacción:
19. Se añade un nuevo apartado, el apartado 8, a la disposición transitoria primera de la Ley 1/2022 mencionada, con la siguiente redacción:
20. Se añade un nuevo apartado, el apartado 9, a la disposición transitoria primera de la Ley 1/2022 mencionada, con la siguiente redacción:
21. Se añade una nueva disposición transitoria, la disposición transitoria cuarta, a la Ley 1/2022 mencionada, con la siguiente redacción:
22. Se añade una nueva disposición transitoria, la disposición transitoria quinta, a la Ley 1/2022 mencionada, con la siguiente redacción:
23. Se añade una nueva letra, la letra g), al apartado 1 de la disposición transitoria segunda de la citada Ley 1/2022, con la siguiente redacción:
24. Se añade una nueva letra, la letra j), al apartado 4 de la disposición transitoria primera de la citada Ley 1/2022, con la siguiente redacción: