Ley 2/1987 · Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
Ley 2/1987 Art. 9
TÍTULO II
Artículo 9.
Podrán crearse en las distintas Consejerías, organismos paritarios compuestos por representantes del personal y de la Administración, con funciones de consulta y asesoramiento en materia de sistemas de racionalización y organización del trabajo.