Real Decreto 1032/1999 Art. 8
Artículo 8. Régimen sancionador.
Los incumplimientos a lo dispuesto en este Real Decreto constituyen infracciones administrativas en el ámbito de la marina civil y serán sancionados según lo dispuesto en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.