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Ley 1/2000 · Ley 1/2000, de 16 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Extremadura.

Ley 1/2000 Art. 4

En vigueurTexte officiel

Artículo 4. Relaciones con la Administración.

En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Extremadura se relacionará con la Consejería de Presidencia o con la que tenga atribuidas las funciones en materia de colegios profesionales ; en los aspectos relativos a la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería de Sanidad y Consumo o con la que tenga la competencia en la materia de sanidad.