Ley 1/2000 Art. 4
Artículo 4. Relaciones con la Administración.
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Extremadura se relacionará con la Consejería de Presidencia o con la que tenga atribuidas las funciones en materia de colegios profesionales ; en los aspectos relativos a la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería de Sanidad y Consumo o con la que tenga la competencia en la materia de sanidad.