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Ley 7/2001 · Ley 7/2001, de 22 de noviembre, de Creación del Consejo de Colegios Profesionales de Veterinarios de Castilla y León.

Ley 7/2001 Art. 3

En vigueurTexte officiel

Artículo 3. Relaciones con la Administración Autonómica.

El Consejo de Colegios Profesionales de Veterinarios de Castilla y León, se relacionará con la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León a través de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en las cuestiones relativas a aspectos corporativos e institucionales, y, a través de la Consejería que resulte competente por razón de la actividad, en lo referente a la profesión veterinaria.