Ley 11/2002 · Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.
Ley 11/2002 Art. 8
CAPÍTULO I
Artículo 8. Órgano colegiado de carácter asesor en materia de juventud.
1. En la Administración de la Comunidad de Castilla y León existirá un órgano colegiado de carácter asesor en materia de juventud, adscrito a la consejería competente en esta materia.
2. Su composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.
3. Ejercerá las funciones y competencias que se le atribuyan legal o reglamentariamente, así como las que se le encomienden o deleguen.
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