Orden APA/510/2002 Art. 33
Sección 3
Artículo 33. Financiación.
La financiación de las ayudas socioeconómicas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.09.718B.779.01 —«Medidas socioeconómicas»— del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Al mismo concepto presupuestario se imputará tanto la parte de la financiación nacional, como la parte correspondiente a la financiación comunitaria.