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Ley 19/2003 · Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.

Ley 19/2003 Art. 19

CAPÍTULO II

En vigueurTexte officiel

Directriz 19. Adquisición de áreas estratégicas. (R)

1. Las administraciones públicas desarrollarán una política de adquisición, con destino al dominio público, de los espacios de mayor valor en biodiversidad o estratégicos para su recuperación, asegurando con ello las máximas garantías de protección de esas zonas.

2. Las adquisiciones perseguirán incluir en el patrimonio público una completa muestra de todas las especies endémicas de la fauna y flora de Canarias y de cada isla, utilizando para ello la información contenida en el Banco de Datos de Biodiversidad como referente acerca de la distribución de las especies.

3. Los terrenos de propiedad pública incluirán una muestra que represente a los hábitats naturales mejor conservados de Canarias, que habrá de ser especialmente amplia en el caso de los bosques de laurisilva.

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