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Ley 4/2003 · Ley 4/2003, de 28 de marzo, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Castilla y León.

Ley 4/2003 Art. 4

En vigueurTexte officiel

Artículo 4. Relaciones con la Administración.

En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Castilla y León se relacionará con la Consejería de Presidencia y Administración Territorial o con aquella a la que se atribuyan estas funciones en materia de Colegios Profesionales. En los aspectos relativos a la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería de Fomento o con aquellas otras a las que se atribuya competencia en la materia.