Ley 17/2003 Art. 7
CAPÍTULO I
Artículo 7. Convenios con otras instituciones.
1. El Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores podrá suscribir convenios con otros centros educativos, universidades o institutos de cultura e investigación sin ánimo de lucro, bajo los mismos controles públicos que los demás centros superiores de enseñanza cuya titularidad corresponde al Gobierno de Aragón.
2. En particular, y en el marco de lo que dispone el ordenamiento jurídico, el Instituto procurará la suscripción de convenios con la Universidad de Zaragoza.