Ley 2/2007 · Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales.
Ley 2/2007 Art. 13
Sección 2
Artículo 13. Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
La Comisión de Coordinación de las Policías Locales es el máximo órgano deliberante y de participación en materia de coordinación de policías locales, que se adscribe a la Consejería competente en la materia.