Real Decreto 1159/2010 Art. 18
Sección 2
Artículo 18. Homogeneización por las operaciones internas.
Cuando en las cuentas anuales de las sociedades del grupo los importes de las partidas derivadas de operaciones internas no sean coincidentes, o exista alguna partida pendiente de registrar, deberán realizarse los ajustes que procedan para practicar las correspondientes eliminaciones.