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Real Decreto 1797/2010 · Real Decreto 1797/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Internacionalización de la Empresa.

Real Decreto 1797/2010 Art. 30

CAPÍTULO V

En vigueurTexte officiel

Artículo 30. Gestión de la deuda FIEM.

En el ejercicio de sus funciones, como agente financiero, reguladas en el artículo 11.1 de la Ley 11/2010, de 28 de junio, de reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalización de la empresa española, el Instituto de Crédito Oficial (ICO):

a) Realizará el seguimiento y control de los cobros y de las posibles incidencias en los mismos así como, en su caso, la reclamación de las cantidades impagadas.

b) Podrá firmar acuerdos bilaterales de renegociación y condonación de los activos del FIEM, siguiendo las instrucciones del Ministerio de Economía y Hacienda. Dichos acuerdos serán estudiados por el Comité del FIEM y serán elevados por el Ministerio de Economía y Hacienda al Consejo de Ministros para su aprobación.