Ley 5/2010 Art. 39
CAPÍTULO III
Artículo 39. Elaboración del Plan de disposición de fondos.
La Dirección General de Presupuestos y Finanzas elaborará un plan de disposición fondos del tesoro público regional en términos análogos a lo establecido para la administración local en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y disposiciones de desarrollo. Lo someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno antes del 30 de marzo de 2011.