Ley 2/2011 Art. 175
CAPÍTULO VI
Artículo 175. La Junta de Mediación y Arbitraje Deportivo de la Comunitat Valenciana.
Se crea la Junta de Mediación y Arbitraje Deportivo de la Comunitat Valenciana, adscrita al Consell Valencià de l’Esport, para la resolución por medio de arbitraje de las cuestiones litigiosas en materia deportiva a las que hace referencia el artículo anterior. Dicho órgano ejercerá también funciones de mediación y composición de litigios, bien con carácter previo al arbitraje que le sea encomendado, bien con independencia de su intervención en funciones arbitrales.