Ley 9/2010 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Se adiciona un último párrafo al apartado 2 del artículo 54 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, con la siguiente redacción:
«En el caso de las reclamaciones y recursos en materia de tributos cedidos del Estado se estará a lo que dispongan las leyes de cesión de tributos a las Comunidades Autónomas.»