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Ley 1/2012 · Ley 1/2012, de 2 de febrero, de la Autoridad Vasca de la Competencia.

Ley 1/2012 Art. 21

CAPÍTULO IV

En vigueurTexte officiel

Artículo 21. Control.

1. Corresponde a la Oficina de Control Económico efectuar el control económico-financiero y de gestión de la Autoridad Vasca de la Competencia, así como los controles económico-fiscal y económico-normativo.

2. La Autoridad Vasca de la Competencia estará sometida a la fiscalización de sus actividades económico-financieras y contables por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.