Ley 4/2012 Art. 13
CAPÍTULO III
Artículo 13. Auditoría interna.
Sin perjuicio de las inspecciones y controles previstos por la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuando así lo estime la Corporación Empresarial Pública de Aragón, el departamento de tutela o bien el departamento competente en materia de patrimonio, cualquier sociedad sujeta a esta norma podrá ser sometida a una auditoría interna.